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OCDE Definición Marco de Inversión Extranjera Directa

Cuarta edición

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La inversión extranjera directa (IED) es uno de los principales motores de la globalización. A medida que los patrones de inversión de las empresas multinacionales se vuelven más complejos, es necesario contar con estadísticas de IED fiables y comparables a nivel internacional para una toma de decisiones sensata y sólida. La Definición Marco de Inversión Extranjera Directa de la OCDE, establece la norma general para las estadísticas de IED, pues ofrece un punto de referencia único para los productores de estadísticas y para los usuarios en todos los aspectos de la información relacionada con la IED, sin dejar de ser consistente con otras normas estadísticas aceptadas a nivel internacional.

Esta edición presenta nuevos desgloses analíticos y tratamientos estadísticos que reflejan de una forma más adecuada la realidad de la economía mundial. La edición revisada de la Definición Marco de Inversión Extranjera Directa ofrece métodos para clasificar distintos tipos de IED (como fusiones y adquisiciones, inversiones nuevas) y para identificar al inversor final. Esta nueva edición también contempla aspectos relacionados con el uso de las estadísticas de IED, incluyendo indicadores de globalización, con un capítulo sobre las estadísticas relacionadas con las actividades de las empresas multinacionales.

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Apéndice 6. Beneficios reinvertidos y reinversión de beneficios

En una relación entre un inversor directo y una empresa de inversión directa (EID), la parte del resultado neto del ejercicio de la EID que no se distribuya como dividendos a los accionistas (o su equivalente en el caso de las cuasisociedades) se considera distribuida, como renta de inversión, al inversor directo (ID), en proporción a su(s) tenencia(s) de acciones (o su equivalente) en la EID.77 Por tratarse de una transacción imputada, es necesario imputar también la contrapartida (de igual valor y signo contrario) en la cuenta financiera para reflejar la transferencia de vuelta a la EID de los beneficios reinvertidos. A la imputación del ingreso se la denomina beneficios reinvertidos (BR) (Recuadro A6.1) y al cargo en la cuenta financiera reinversión de beneficios, para diferenciarlo de la transacción de ingreso.

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